En marzo de 2019 la Dirección General de Trabajo –el órgano administrativo rector de las relaciones de trabajo del sector privado– emitió una resolución (la RDG 0035-2019-MTPE/2/14, apoyada en el Informe 537-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica) en la cual estableció el criterio según el cual una huelga –en el marco de una negociación colectiva– resulta improcedente si el empleador solicitó, antes que el sindicato, acudir al arbitraje.