R.M. 129-2020-MINEM/DM: criterios de focalización territorial para reanudación de actividades en la gran minería
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– Actualizado con la R.M. 265-2020-MINSA publicada en El Peruano el 08/05/2020, la cual modifica la R.M. 239-2020-MINSA que es la norma que fija los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”
R.M. 129-2020-MINEM/DM | CONDICIONES | CONTENIDO |
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Obligación de informar incidencias | – Las empresas están obligadas a informar las incidencias COVID-19 que sucedan en los centros de trabajo | |
Seguimiento y verificación | – Las direcciones generales del MINEM realizan acciones de seguimiento, requerimiento de información y otras para verificar el cumplimiento | |
Fecha de inicio de actividades Fase 1 | – Inician con la publicación de la R.M. 129-2020-MINEM/DM (06/05/2020) pero previo cumplimiento de las normas del D.S. 080-2020-PCM (p. ej. la aprobación del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” – el PLAN) | |
CRITERIOS DE FOCALIZACIÓN GENERALES | 1. Contar con el PLAN aprobado y registrado: | |
a) El empleador elabora el PLAN | ||
b) El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprueba el PLAN | ||
c) La empresa envía el PLAN aprobado al viceministerio de minas | ||
d) El viceministerio verifica la estructura y contenido mínimo del PLAN y da su respuesta al empleador | ||
e) El empleador registra el PLAN en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) en el MINSA, conforme a la R.M. 265-2020-MINSA (08/05/2020). | ||
2. Cumplir con los lineamientos y normas dictadas por el MINSA como son, principalmente, la R.M. 193-2020-MINSA, la R.M. 239-2020-MINSA y su modificatoria: la R.M. 265-2020-MINSA | ||
3. No tener medidas administrativas o judiciales de paralización | ||
CRITERIOS DE FOCALIZACIÓN ESPECÍFICOS PARA MINERÍA | ACTIVIDADES COMPRENDIDAS | |
1. Explotación, beneficio, almacenamiento, cierre de mina y transporte correspondiente a la gran minería y sus actividades conexas | ||
2. Los proyectos de construcción declarados de interés nacional | ||
CONDICIONES ESPECIALES | ||
1. Contar con campamentos mineros o acondicionar componentes auxiliares o disponer alojamiento externo que sea de uso exclusivo de los trabajadores | ||
2. Haber declarado producción a diciembre de 2019 a través de ESTAMIN | ||
SUMINISTROS | Debe efectuarse con proveedores de suministros debidamente habilitados por la autoridad competente | |
RESPONSABILIDAD SOCIAL | Las empresas deben socializar y difundir las medidas de prevención para el manejo del COVID-19, a los actores sociales que se encuentren en el área de influencia de sus actividades | |
Con mayor razón deben socializar y difundir las medidas de prevención con sus trabajadores, las contratas y el personal de estas |